"Entre el ignorar o reconocer los signos de alerta y tu deseo de hacer algo, pueden hacer la diferencia entre la VIDA y la MUERTE"

lunes, 20 de agosto de 2012

Mobbing: hostigamiento moral que destruye a su victima

Por: Daniella Guevara Arias

En la década de los 80, el profesor y psicólogo Heinz Leymann definió el mobbing o acoso u hostigamiento laboral como “el fenómeno en que una persona o grupo de personas ejerce una violencia psicológica extrema, de forma sistemática y recurrente sobre otra persona en el lugar de trabajo”.

De acuerdo con Leymann, la finalidad del mobbing es destruir las redes de comunicación de la víctima, destruir su reputación y perturbar el ejercicio de sus labores hasta el punto en que esa persona abandone el trabajo.

Existen varios tipos de mobbing, pero la mayoría de los autores coinciden en tres tipos:

Ascendente: en el que una persona que ostenta un rango jerárquico superior en la organización se ve agredida por uno o varios subordinados. Generalmente se produce cuando se incorpora a la empresa una persona del exterior con un rango jerárquico superior y sus métodos no son aceptados por los trabajadores que se encuentran bajo su dirección, o porque ese puesto es ansiado por alguno de ellos.    

Horizontal: En este supuesto la víctima  se ve acosada por un compañero con el mismo nivel jerárquico. El ataque puede producirse por problemas puramente personales,  o bien por la existencia de personas física o psíquicamente débiles o distintas, y estas diferencias son explotadas por los demás simplemente para pasar el rato o mitigar el aburrimiento.

Descendente: ésta es la situación más habitual. En este supuesto el superior de la víctima, a través de desprecios, falsas acusaciones e incluso insultos, pretende minar el ámbito psicológico del trabajador acosado para:  destacar frente a sus subordinados, para mantener su posición jerárquica o simplemente como parte de una estrategia empresarial, cuyo objetivo es que la victima abandone “voluntariamente” el trabajo para que la empresa evite el despido legal y el consecuente costo económico que esto conlleva.

Producir deliberadamente alteraciones en los procedimientos habituales de comunicación de la víctima, impulsar cambios en la organización que afecten directamente al trabajador, atacar la vida privada y las características personales de la víctima, despreciarle por cualquier rasgo distintivo o de discapacidad y amenazarle verbalmente, son considerados comportamientos propios del mobbing.

Fuente: Informe “Los efectos de la nueva organización del trabajo sobre la salud”. Creado por la Unión Sindical de Madrid, España.